Direcciona la formación integral de los miembros de la Policía Nacional, a través del Proyecto Educativo Policial (PEI), en cumplimiento de las funciones de la docencia, investigación y proyección social, con el propósito de contribuir a la satisfacción de las necesidades de seguridad y convivencia ciudadana.
El IPE cumple las siguientes funciones:
a) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y resoluciones del Consejo Académico.
b) Designar las comisiones que juzgare convenientes y necesarias para el mejor funcionamiento de las actividades académicas del Instituto.
c) Promover el intercambio y la cooperación con otras instituciones académicas nacionales o extranjeras.
d) Mantener informado al Consejo Académico de las principales actividades del Instituto.
e) Firmar títulos y diplomas correspondientes, así como convenios entre organismos nacionales e internacionales.
f) Cumplir con los deberes y atribuciones que por su naturaleza le pertenezcan.
g) Mantener continua supervisión de las labores del Instituto en todos sus aspectos.
h) Autorizar, con su firma y la del Vicerrector Administrativo, las tramitaciones financieras del Instituto, excepto las que fueren delegadas a otros funcionarios.
i) Aprobar los jurados examinadores correspondientes.
j) Suspender a cualquier funcionario con la obligación de someter el caso al Consejo Académico Superior, para que resuelva definitivamente en la sesión de la fecha más próxima a la de la suspensión.
k) Promover y desarrollar las políticas académicas, administrativas, ejecutivas, de investigación, extensión y de planificación de la institución.
l) Dirigir el Instituto Policial de Educación, (IPE) a través de la formulación y ejecución de la política educativa y el gerenciamiento de los procesos que aseguren la formación profesional policial, capacitación y especialización del talento humano institucional.
m) Estructurar y desarrollar los programas académicos conducentes al otorgamiento de títulos de idoneidad profesional policial, en concordancia con las normas vigentes de educación. n) Dirigir el desarrollo de la educación policial con calidad, que contribuya al cumplimiento de la misión institucional, fundamentada en la investigación y permanente innovación del servicio de policía.
o) Asesorar al Consejo Superior Policial, en la definición y desarrollo de programas, proyectos y demás actividades requeridas por el Subsistema Educativo policial.
p) Diseñar y elaborar planes y proyectos de inversión y desarrollo tecnológico que permitan dar respuesta a las necesidades académicas y la estructura de la Educación Policial.
q) Dirigir el funcionamiento administrativo del instituto a través de la ejecución de la política en materia de administración y los recursos financieros, logísticos y tecnológicos.
r) Dirigir las relaciones con el sector educativo en el ámbito nacional e internacional para fomentar la cooperación y asistencia técnica en materia de profesionalización del talento humano policial.
s) Proponer al Consejo Superior Policial la creación de escuelas de formación, capacitación y centros de instrucción que se requieran, de conformidad con estudios previos de viabilidad y factibilidad, las cuales dependerán de este instituto.
t) Proponer proyectos para el fortalecimiento del Subsistema Educativo, ante el Consejo Superior Policial.
u) Desarrollar la política de gestión de calidad de la educación Policial.
v) Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza.
Estructura: La Rectoría del Instituto Policial de Educación, tendrá la siguiente estructura:
- A. Vicerrectoría Administrativa.
- B. Vicerrectoría de Investigación y Extensión.
- C. Vicerrectoría Académica.
- D. Departamento de Doctrina.
- E. Departamento de Planificación Educativa.
- F. Oficina de Asuntos Internacionales